Las mujeres presas en México por delitos contra la salud esperan que las leyes de amnistía surtan efecto, pero estas parecen existir sólo en el papel. Pese a que existen cinco leyes vigentes, sólo una persona ha sido liberada por esta vía.
Cuando Alicia terminó la primaria, su padre le prohibió asistir a la secundaria y la recluyó en su domicilio por siete años. Ella debía tener esposo y muchos hijos, no tomar clases. Alicia no tenía amigas, no conocía el transporte público ni el centro de la ciudad. Salió de su casa, ubicada en la delegación Gustavo A. Madero, hasta el 4 de mayo de 2004.
Ese día, mientras atendía la tienda de abarrotes de su mamá, dos policías encubiertos le compraron unos dulces. “Bien lo recuerdo —relata—, en cuanto les di los chicles me detuvieron la mano y me dijeron que estaba arrestada porque estaba vendiendo droga”.
Ella no lo sabía. Su padre era narcomenudista y usaba la vivienda familiar como fachada para distribuir droga. Su papá no fue detenido; Alicia, en cambio, recibió una sentencia de 11 años de prisión, por delitos contra la salud en grado de posesión de droga con fines de venta. Apenas tenía 19 años de edad.
Como ella, otras mujeres están presas en México tras haber sido obligadas o engañadas por sus parejas y familiares para involucrarse en el mercado de sustancias ilícitas. A raíz de la llamada “guerra contra las drogas”, iniciada en el sexenio de Felipe Calderón, la cantidad de mujeres que ingresó a prisión por delitos contra la salud se incrementó 103%, según documentó la asociación civil Equis Justicia para las mujeres (EQUIS). Para atender esta situación de injusticia, EQUIS y la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA, organismo civil dedicado a la promoción de los derechos humano) comenzaron a promover la amnistía para estas mujeres, en 2019.
Actualmente, hay cinco leyes de amnistía para personas presas, independientemente de su sexo, aprobadas en el país. Una ley federal y cuatro locales (Estado de México, Hidalgo, Sinaloa y Tlaxcala) tienen como objetivo conceder la libertad a las personas que delinquieron –especialmente en materia de delitos contra la salud– al verse arrinconadas por la violencia y la pobreza, u obligadas por parejas o familiares.
En 2020, de acuerdo con datos de transparencia obtenidos por Corriente Alterna, había por lo menos 332 mujeres presas, sentenciadas por delitos contra la salud a nivel federal y 569 a nivel local. Hasta la fecha, ninguna ha sido liberada a través de este mecanismo.
Las dos prisiones
Alicia pagó la mayor parte de su pena de prisión en el Centro Femenil de Reinserción Social de Santa Martha Acatitla; antes estuvo en el Centro Preventivo y de Readaptación Social “Juan Fernández Albarrán” en Tlalnepantla de Baz, municipio mexiquense, y en el reclusorio Norte de la Ciudad de México. Alicia insiste en que la cárcel tiene dos caras y que ella vio ambas.
En la primera llevaba una vida cómoda, casi hedonista. “Yo veía la cárcel como una escuela bien bonita, donde podía andar echando relajo, drogándome y nadie me decía nada. Tenía lo que quería. Yo no me bañaba con el agua que había en la cárcel, no comía comida de la cárcel, yo no lavaba mi ropita, yo no hacía mi aseo; yo no hacía nada, para pronto”.
Durante los primeros dos años en que estuvo privada de la libertad se dedicó a satisfacer la curiosidad que la cárcel le detonó. Al entrar, “era una niña de ojos cerrados ante el mundo”. Una vez dentro, “quería saberlo todo, probarlo todo. No quería que nadie me contara nada, ya no”.
En ese entonces su familia tenía dinero y su mamá la visitaba. Poco después, los ingresos para apoyarla dejaron de fluir y las visitas se suspendieron.
“Ahí vino la otra cara de la moneda. Me di cuenta en qué situaciones vivimos las mujeres presas, de todas las carencias que puedes tener dentro.”
Las principales: el agua y la comida. “El agua para bañarte, para beber y preparar la comida es ‘tratada’. Abres la llave y te juro que huele a podrido, es agua de café con tamarindo”. Y la comida, “no sabemos si te alimenta o te da algo en el corazón de tanta grasa; pero si no tienes cómo alimentarte de otra manera y matar el hambre, definitivamente tienes que consumirla”.
De acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) 2019 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en Santa Martha existen deficiencias en la alimentación, en la higiene e insuficiencia de personal de seguridad y custodia; además de “presencia de actividades ilícitas” y cobros indebidos por acceso a servicios, como agua potable o comida de mayor calidad.
Alicia dice que estar privada de la libertad “es una emoción sin palabras, sientes que ya no vas a regresar nunca a ver a tu familia, a tu casa, a tu vida. Ya no regresas, ya se fue y ya no vas a volver a lo mismo, ya no; y, desafortunadamente, cambias, cambias como persona, cambias como ser humano”.
Una ley acotada e insuficiente
Corina Giacomello, especialista en atención a mujeres privadas de la libertad por delitos contra la salud, afirma que la amnistía importa “porque le cambia la vida” a las personas cuyos delitos deben ser analizados desde la perspectiva de desigualdad que las orilla a cometerlos. “Pero las leyes (aprobadas) son súper acotadas”, dice. La ley federal, que entró en vigor en junio de 2020, aplica sólo para las personas procesadas en este fuero, que son la minoría. Y las leyes estatales, pese a su aprobación, no han resultado en la liberación de presos, salvo en un caso.
Según las cifras más recientes de la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), sólo 16% (mil 973) de las mujeres privadas de la libertad están en centros de reclusión federales. El otro 83% (10 mil 69 mujeres) se encuentra en prisiones estatales porque son investigadas o cometieron un delito del fuero común.
La cantidad de expedientes del fuero común que se han abierto contra mujeres por delitos contra la salud aumentó a partir de 2009. En ese año entró en vigor la reforma legal en materia de narcomenudeo, que incluyó a las entidades federativas en la investigación y sanción de estos delitos.
A partir de esa reforma, más mujeres comenzaron a ser enviadas a las prisiones estatales por delitos contra la salud, y menos a los centros de reclusión federales.
Las condiciones de vida en una cárcel estatal no son las mismas que en una federal.
El citado DNSP 2019 registra que 33% de los centros de reclusión estatales están sobrepoblados, por lo que las personas presas viven en condiciones de hacinamiento; no cuentan con personal suficiente; ofrecen atención de muy baja calidad en todas las áreas: capacitación, actividades laborales, servicios de salud, odontológicos y psicológicos, de prevención y tratamiento de adicciones; además de serias deficiencias en materia de higiene e infraestructura. Asimismo, en estos centros se detectaron cobros a personas presas por acceso a bienes y servicios básicos, “autogobierno” (control de instalaciones por parte de grupos de presos) y carencia de alimentos.
En contraste, según el mismo documento de la CNDH, en los centros federales solo se reportan problemas de carencia de personal, de servicios de salud, de actividades laborales y falta de separación entre personas procesadas y sentenciadas.
Mujeres presas: en el origen, violencia de género
EQUIS y WOLA impulsaron la ley de amnistía a nivel federal porque observaron, a través de entrevistas realizadas en los centros de reclusión, que el sistema de justicia penal mexicano encarcela a mujeres pobres, con bajos o nulos niveles educativos; mujeres que habitan en zonas marginadas y que son, en términos generales, las únicas encargadas de satisfacer las necesidades físicas, afectivas y económicas de niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad.
Estas mujeres se involucran en el mercado de drogas ilícitas “por una suerte de elección obligada”, comenta Giacomello. Un fenómeno de gran complejidad, subraya: “Por un lado, tener conocimiento del delito que se está llevando a cabo; pero, por el otro, enfrentar condiciones sociales y de género que las orillan a tomar esas decisiones”.
EQUIS, por medio de las historias de vida que recabó, postula tres razones principales por las cuales las mujeres entran al mercado de drogas ilícitas.
La primera es “el ‘amor’, entendido como una construcción social que reproduce la desigualdad entre hombres y mujeres”.
La segunda es la maternidad: “Muchas de ellas se refieren a sus responsabilidades como madre como la primera razón para involucrarse en el tráfico de drogas”.
La tercera es “la ambición, la rebeldía”.
En los tres ejes narrativos traslucen roles específicos. El primero es el de la mujer obediente. El segundo es de la madre abnegada. El tercero es el de la mujer rebelde que “vive su condición de ‘culpable’ más como un estado del alma, producto inevitable del ser mujer, que como una consecuencia jurídica.” El destino de las tres figuras, o de su combinación, es uno solo: una prisión.
Las madres y las mujeres que han vivido relaciones desiguales y violencias de género “son el elemento desechable y expuesto” del mercado de drogas, destaca Giacomello.
Ellas suelen transportar y vender, por lo cual les dictan sentencias que van de los cuatro a los 40 años de prisión. Y, durante ese tiempo, suelen ser abandonadas por sus familias y las condiciones de vida de sus dependientes empeoran.
Cuando Isabel Erreguerena habla de las características de las mujeres presas lanza una pregunta: “¿Realmente queremos llenar nuestra cárceles de este tipo de mujeres, a quienes les hemos fallado, sin un sistema de cuidados que las contemple y con un sistema económico totalmente desigual?”.
Un ley “atorada”
Viridiana Valgañón, abogada de EQUIS, explica que se cabildeó la amnistía para que el Estado reconozca y subsane los efectos de la “guerra” contra el narcotráfico en mujeres que “no hubiesen estado en la cárcel de no ser por esta guerra sin sentido”.
Esa era la intención original de una iniciativa que, reconoce, “de no haberse dado la pandemia, no se hubiera aprobado”. La amnistía, subraya, “no fue promovida jamás por el tema de Covid; fue promovida desde mucho antes”.
Sin embargo, los partidos políticos representados en las cámaras legislativas sólo estuvieron dispuestos a aprobarla ante el riesgo de que el Covid afectara a las poblaciones penitenciarias. Y pese a que se aprobó, lamenta Giacomello, lo cierto es que “no se aplica”.
El 16 de abril de 2020 se anunció la discusión de la ley de amnistía en el Senado de la República. Ese día, el legislador Ricardo Monreal, coordinador de la bancada senatorial de Morena, dijo: “En el marco de la crisis de salud que sacude al mundo entero, la aprobación de la Ley de Amnistía se vuelve también un acto de humanidad”.
Pero el “acto de humanidad” propalado por el coordinador senatorial de Morena solo quedó en un discurso en el pleno del Senado. La Comisión de Amnistía que la ley ordena crear, para recibir, aceptar o rechazar las solicitudes, únicamente ha sesionado dos veces desde su establecimiento.
La primera fue el 23 de junio de 2020. En esa ocasión informaron que en dos meses llegaron dos mil 487 solicitudes. 56 del fuero federal, 2 mil 16 del fuero común, 496 sin fuero identificable y nueve de personas que ya habían obtenido su libertad.
La segunda sesión fue el 21 de diciembre. Para esa fecha ya no eran dos mil 487 solicitudes sino mil 62; es decir, desaparecieron más de la mitad de las solicitudes mencionadas la primera vez.
Nadie explicó por qué cambiaron las cifras reportadas. Lo que sí se dijo fue que a 70% de las solicitudes le faltaban datos para proceder.
El 4 de febrero de 2021, en la conferencia mañanera del presidente López Obrador, Paulina Téllez Martínez, secretaria técnica de la Comisión de Amnistía, informó que 67% de las solicitudes corresponde a personas privadas de la libertad por delitos relacionados con el tráfico de drogas.
Para dar seguimiento al trabajo de la Comisión de Amnistía, nueve agrupaciones civiles dedicadas a la defensa y promoción de los derechos humanos conformaron el “Observatorio de Amnistías”.
El mismo día que las autoridades presentaron su avance en materia de amnistía, en la conferencia de prensa presidencial, el Observatorio de Amnistías lamentó que hasta ese momento no se hubiera liberado a ninguna persona; además criticó que, cada vez que las autoridades abordan el tema, presentan datos contradictorios e incompletos.
Por otra parte, en los cuatro estados que han aprobado leyes de amnistía, las noticias también son contradictorias. La publicación del reglamento de la ley hidalguense, expedida el 20 de junio de 2020, tiene un retraso de siete meses; en Sinaloa y Tlaxcala todavía no se conforman las comisiones que revisarán y aplicarán sus respectivas leyes; y la Comisión de Amnistía del Estado de México, conformada el 10 de marzo, ha recibido 259 peticiones, pero sólo ha resuelto una.
El pasado 26 de marzo, el Poder Judicial del Estado de México informó que se concedió la primera amnistía a un hombre que fue procesado por el delito de robo con violencia.
Hasta el cierre de esta edición, en México no había registro de mujeres presas beneficiadas con la amnistía.
Mujeres presas sin derechos reales
El “enfoque punitivo y represivo” de las políticas de drogas latinoamericanas ha fracasado y afectado profundamente a las mujeres, quienes enfrentan “sentencias excepcionalmente duras”. Esto ya se advertía desde hace un lustro en el informe “Mujeres, delitos de drogas y prisión preventiva”, que una decena de centros civiles de estudios entregó en 2016 a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La recomendación es la misma de hace cinco años. Combatir las políticas punitivas de drogas requiere contar con marcos legales que permitan considerar las condiciones de pobreza y exclusión social. Según el informe citado deben tomarse en cuenta “factores como la maternidad y el rol de cuidado de otras personas dependientes; el analfabetismo, el nivel de educación, la escasa formación laboral, la inmigración, la violencia de género o las enfermedades físicas o mentales que han incidido en la comisión de los hechos delictivos”.
En el caso de México, la ley de amnistía federal y las cuatro estatales lo hacen; sólo que no han dado resultados, a pesar de los esfuerzos de organizaciones de la sociedad civil.
Las agrupaciones civiles mexicanas EQUIS y Documenta, por ejemplo, han explicado a las familias de las mujeres presas cómo solicitar la amnistía. Para eso, han transmitido webinars y elaborado formatos por delito que deben llenarse con los datos de la persona solicitante. También crearon Libertad, una chatbot que, a través de Facebook Messenger y Whatsapp, realiza una serie de preguntas y arroja una solicitud personalizada.
Sin embargo, advierte Verónica Garzón, de la asociación civil Así Legal, las amnistías no avanzan no sólo por la inacción de las comisiones encargadas de su ejecución; además, algunos de los trámites implícitos se han visto entorpecidos por la misma pandemia. Por ejemplo, la obtención de la firma manuscrita de las personas solicitantes es difícil cuando se limita el ingreso de familias o allegados a los centros de reclusión.
La amnistía “es un derecho a medias porque, realmente, no se puede ejercer; está muy bien que esté ahí. Pero si no le llega a las mujeres y si ellas no van a poder acceder por cuestiones burocráticas o estructurales… Entonces, ¿de qué justicia estamos hablando?”.
Alicia recibió su sentencia el 5 de febrero de 2005. Debía pagar 11 años de prisión, pero salió seis años más tarde. No fue beneficiaría de ninguna amnistía sino de la reforma a la ley en materia de narcomenudeo de 2009; el delito por el que fue encarcelada se reclasificó como posesión simple y ella obtuvo su libertad. Alicia festeja la Ley de Amnistía porque, dice, conoció a muchas mujeres que, como ella, “tuvieron que pagar por otra persona”. La cárcel, explica, “es algo que te marca para toda la vida, toda. Las mujeres que estuvimos allá adentro estamos marcadas”.