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El día que amaneció dos veces

Covid-19, el verdugo se cuela a las prisiones

Las malas condiciones en las que viven 202 mil personas presas en México amenazan con convertir las cárceles del país en focos de infección masiva.

Juan Gómez, Javier Hernández, Aranza Flores, Yeudiel Infante y Xareni Márquez, becarios y Paris Martínez, reportero / Corriente Alterna el 23 de mayo, 2020

El pasado 22 de abril fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley de Amnistía, con la que se busca disminuir el número de personas recluidas en cárceles del país, en el marco de la contingencia sanitaria por la pandemia de Covid-19 y ante el riesgo de que estos espacios se conviertan en focos de contagio masivo.

Esta amnistía, sin embargo, sólo beneficiará a cerca de 600 personas presas que cumplen con las condiciones establecidas en la norma: ser preso federal sentenciado por aborto, delitos contra la salud, robo sin violencia y sedición, o bien ser preso federal de origen indígena, según informó el senador Ricardo Monreal, tras aprobarse la ley.

Pero, si se toma en cuenta que en México hay 202 mil personas presas (tanto del fuero común, como del federal), esta ley sólo beneficiará al 0.2 por ciento de la población penitenciaria. El restante 99.8 por ciento permanecerá bajo reclusión durante la pandemia.

Hasta el 5 de mayo, 92 casos de Covid-19 se habían confirmado en cárceles del país, según informó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

“Así como están las cosas, si se llega a dar un contagio dentro del Cereso (Centro de Reclusión Social), la mitad (de los presos) se va a morir –explica Eliseo Aguilar, preso político recluido en el penal de Chilpancingo, Guerrero, cárcel en la que, paradójicamente, se suspendió el servicio médico a principios de abril, tras iniciar la contingencia sanitaria–. No hay atención médica ni medicamentos. ¿Qué va a pasar una vez que (los presos) se contagien?” 

Él es parte del 99.8 por ciento de los presos excluidos por la nueva Ley de Amnistía. 

De los trece juicios iniciados en su contra hace cinco años, por pertenecer a la Policía Comunitaria del estado, en diez se ha demostrado que los delitos imputados fueron fabricados y Eliseo ha sido exonerado, pero quedan tres procesos que todavía se dirimen en tribunales, por lo que deberá permanecer en prisión durante toda la contingencia sanitaria.

“Todo se puso más difícil, porque hay muchos enfermos acá. Pero ni siquiera se les atiende, con eso de que no hay servicio médico, con eso se escudan. Dicen que no es su culpa, que no hay doctor, que no hay enfermera. Y hay compañeros que se revuelcan de enfermos y ni con quién acudir. Habla uno a derechos humanos y no hacen caso, es todo muy difícil”.

Estándares mundiales, omisiones nacionales

Para prevenir que las cárceles mexicanas se conviertan en focos de transmisión de Covid-19, en marzo pasado la ONU dirigió a las autoridades nacionales una serie de recomendaciones, entre las que destacan las de proveer información suficiente y clara a toda la población peniteciaria, garantizar el caracter temporal de la suspensión de visitas, establecer mecanismos de sanitización para internos y población externa, así como extremar medidas de seguridad sanitaria para el ingreso de personal y de los insumos con los que operan los penales.

De forma concreta, por ejemplo, se pide a las autoridades mexicanas que en cada una de las 297 cárceles estatales y federales del país se establezca un sistema de visitas mediante videollamadas, que permita tanto a los presos como a sus familias mantener contacto y darse acompañamiento.

Igualmente, la ONU solicita practicar exámenes médicos regulares a todo el personal encargado de la alimentación, para verificar que no están infectados de Covid-19; dotar a cada uno de los 202 mil reos de trastes de uso personal para el consumo de alimentos; y establecer mecanismos de comprobación administrativa que garanticen el permanente abasto de fármacos e instrumental médico para los consultorios carcelarios.

Además, la ONU pidió al gobierno mexicano otorgar apoyo económico a las personas presas que queden sin ingresos, debido a la suspensión de actividades laborales remuneradas dentro del penal y por la falta de contacto con el exterior.

No obstante, estas disposiciones de las Naciones Unidas son letra muerta en México, coinciden especialistas, familias de presos y personas privadas de la libertad.

En las cárceles del país, “sí se han tomado medidas de higiene: para limpiar los centros penitenciarios, para tomar la temperatura a las personas y de limpieza para las personas que pueden entrar. Sin embargo, vemos con preocupación que no se han tomado otras medidas que son necesarias” en inmuebles de naturaleza carcelaria, explica Isabel Erreguerena, coordinadora del área de políticas públicas, de la asociación civil Equis Justicia Para las Mujeres.


Los protocolos para la prevención del Covid-19 en cárceles no prevén las carencias con las que operan estos espacios, ni las necesidades específicas de cada sector de la población penitenciaria, según especialistas. FOTO: CUARTOSCURO

A pesar del riesgo de que las prisiones se conviertan en focos de contagio masivo, lamenta la especialista, hasta ahora no se ha suspendido el encarcelamiento de personas acusadas de delitos no violentos, o no graves. Siguen sin aprovecharse medidas alternativas al encarcelamiento establecidas en el marco legal mexicano, como la prisión domiciliaria para personas que apenas van a ser enjuiciadas.

Por el momento, de hecho, no existe en el país una política homologada de prevención del Covid-19 en centros penitenciarios y los protocolos establecidos individualmente por cada entidad no responden a las recomendaciones de la ONU.

Incluso a nivel federal, las previsiones son insuficientes. La Secretaría de Seguridad Ciudadana expidió un protocolo de actuación para las 17 cárceles federales, en el que ordena acciones para la identificación, aislamiento y seguimiento de casos, así como la aplicación obligatoria de las medidas recomendadas por la Secretaría de Salud (como la santa distancia, lavarse las manos y la sanitización de instalaciones).

También ordenó “considerar” la suspensión temporal de las visitas presenciales a presos, pero no estableció ninguna medida alternativa de contacto, que evite el aislamiento de facto de la población penitenciaria.

“Este plan de las autoridades tiene serias lagunas –advierte Erreguerena–. Se habla de aislamiento pero no se dice cómo, y se ha documentado en México y en el mundo que el aislamiento solitario tiene consecuencias atroces en la salud mental. Entonces habría que buscar más las medidas preventivas, que el aislamiento solitario o la suspensión de visitas, porque esto tiene un efecto muy malo en la población penitenciaria.”

La palabra “aislamiento”, explica por su parte Paola Zavala, especialista en derechos humanos, “es un término al que la gente en prisión le tiene muchísimo miedo, porque lo relacionan con castigo. Entonces, seguramente muchas personas no van a informar que tienen síntomas sólo por el temor” a ser separadas, abandonadas en soledad o, aún peor, vejadas en condiciones que les impedirían denunciar los hechos.

Apandados

A nivel estatal, igual que en el federal, se han limitado o suspendido las visitas a las personas recluidas, como principal medida preventiva. Sin embargo, como consecuencia, los internos han quedado sin la posibilidad de recibir de sus familiares tanto alimentos, como medicamentos, ropa, artículos de higiene, o dinero para adquirir productos dentro del penal, para llamar por teléfono a sus familiares y defensores e, igualmente, han quedado suspendidos servicios de acompañamiento espiritual y educativo.

La comisión de la Pastoral Penitenciaria de la Arquidiócesis Primada de México, por ejemplo, informó que redujo al mínimo el número de agentes laicos que ingresan a penales para dar apoyo espiritual a las personas presas, un servicio especialmente importante en períodos de temor colectivo, y en el presente sólo ingresa un sacerdote y un agente laico por reclusorio, insuficientes para asistir a los cientos o miles de internos en cada penal.

Igualmente, el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos informó que las personas presas siguen realizando labores de estudio y autoformación, pero se suspendió la aplicación de exámenes. Esto,sólo en la Ciudad de México, afectará la formación de 2 mil personas privadas de la libertad, que este año concluirían sus estudios de primaria, tal como informó el coordinador capitalino del INEA, Luis Jácome García.

Esas, sin embargo, son las afectaciones menores derivadas de la suspensión de visitan en penales.

En Chiapas, explica Adrián Gómez Jiménez, integrante de las organizaciones anticarcelarias La Voz Indígena en Resistencia y La Voz verdadera del Amate, “no tenemos visita, y a las visitas les vendemos nuestros trabajos que elaboramos (dentro del penal). Pero hoy día ha bajado mucho la venta”.

La supresión de esta línea de abasto a los presos cobra mayor gravedad si se considera que cerca del 60 por ciento de la población penitenciaria del país debe adquirir enseres de higiene personal por su propia cuenta, ya que no les son proporcionados por las autoridades penitenciarias, tal como registró la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad 2016, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

A nivel estatal, la omisión de proveer artículos de higiene a la población penitenciaria llega a casos extremos como el de Hidalgo, donde 97.2 por ciento de las personas presas no recibe ningún insumo de aseo personal.

“Con lo que vendíamos –lamenta Adrián, preso en Chiapas–, comprábamos lo que necesitábamos, como pasta dental, jabón de baño, jabón de polvo, papel higiénico, gel antibacterial y otras cosas.”

Pero la falta de insumos elementales para la higiene personal es sólo el preámbulo a una larga lista de carencias y deficiencias en materia de atención a la salud de las personas recluidas en cárceles mexicanas. 

Según el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2019, realizado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), 15 de los 17 centros de reclusión federales carecen de personal médico y de medicamentos; 32 por ciento de las cárceles estatales presenta deficiencia en los servicios de salud; 27 por ciento carece de un área médica higiénica, con instrumental adecuado y personal médico, odontológico y psicológico para atender a la población recluida.

Hacinados, comiendo desperdicio

A las dificultades para mantener prácticas personales de higiene y las carencias en los servicios de salud penitenciarios, se suma una dificultad más para prevenir contagios dentro de las cárceles mexicanas, la sobrepoblación, presente en 110 de los 297 centros penitenciarios del país, lo que equivale a 36% del total. según el Órgano Administrativo Desconcentrado para la Prevención y la Readaptación Social.

Esta situación, advierten los especialistas, vuelve prácticamente imposible aplicar medidas de sana distancia.

“En los dormitorios es imposible que [los presos] no estén juntos –explica L., esposa de un interno del penal de Molino de las Flores, en el Estado de México–. Están 35 personas por celda, aproximadamente. Incluso hay plagas de chinches, cucarachas y de hongos, están en situación preocupante.” 

La alimentación precaria que se brinda en los penales, por último, abona al bajo rendimiento inmunológico de las personas privadas de la libertad.

En Chilpancingo, por ejemplo, el preso político Eliseo Aguilar narra su dieta diaria: “La alimentación de la mañana es un caldo de frijol o de papa. A mediodía se da el platillo fuerte, si bien nos va, un ala de pollo, o la mitad del ala, es lo que te dan de comer, con siete tortillitas de máquina. Y ya, son dos comidas al día”.

Si alguien se queda con hambre, advierte Eliseo, debe pagar la comida de su bolsa. “Un huevo está a cinco pesos”, y si desean beber agua potable, la deben pagar.


La restricción o suspensión de visitas para prevenir contagios en cárceles ocasionó que personas privadas de la libertad no puedan recibir alimento y dinero para sobrevivir dentro por parte de sus familiares. FOTO: CUARTOSCURO

En el Estado de México, afirma por su parte L., “hay veces que (a los presos) el huevo se los dan podrido, la sopa con verdura totalmente podrida”.

En los penales de Chiapas, la comida de la población varonil suele estar descompuesta, con exceso de grasa o sin balance nutricional, afirma Juan Pablo Nava, del colectivo ‘No estamos todas, no estamos todos’. Y para las mujeres sólo hay dos comidas al día, consistentes en “un huevo, un jitomate y una cebolla. Los familiares o ellas mismas tienen que buscar la manera de completar la dieta”, y esta ración no se eleva ni siquiera cuando las presas tienen a sus hijos con ellas dentro de la cárcel.

Si quieren consumir agua potable, deben comprarla o hervirla ellas mismas y, para eso, deben pagar por el gas que consumen, lo cual casi nunca es posible y por ello “las compañeras (presas) están sistemáticamente enfermas de salmonelosis, tifoidea y diarreas”, afirman representantes de la colectiva Cereza, que brinda acompañamiento legal y psicológico a mujeres privadas de la libertad en esa entidad.

La diversidad no reconocida

Además de que los protocolos de respuesta al Covid-19 no contemplan las carencias con las que operan las cárceles del país, otro problema igual de grave es que tampoco reconocen las necesidades específicas de cada sector de la población penitenciaria, que se integra por distintos tipos de personas, con características y necesidades de salud diferentes.

Aparte de la población varonil, en México “no se reconoce el contexto específico de cada uno de los centros penitenciarios en el tema de salud –lamenta José Luis Gutiérrez, director de la asociación civil AsíLegal–. Y no se identifica que hay diversos perfiles de esta población: mujeres, niños viviendo con sus madres, personas postradas o con discapacidad, personas con VIH o enfermedades terminales, adultos mayores”, además de embarazadas, personas con enfermedades crónicas, personas analfabetas, extranjeros, integrantes de comunidades indígenas y adolescentes en conflicto con la ley, entre otros.

“Lo que debe entender [el gobierno mexicano] es que necesita identificar los perfiles de cada una de sus poblaciones [penitenciarias], y desde ahí generar programas o políticas públicas. En este caso, en materia de salud, para poderles dar la atención que se debe”, afirma Gutiérrez.

Esta deficiencia en las medidas de prevención del Covid-19 en penales, subraya por su parte Isabel Erreguerena, no sólo representa una amenaza a la salud de las personas presas. El riesgo es para toda la sociedad, porque, si los centros penitenciarios se conviertan en focos de infección, los sistemas hospitalarios del país se saturarían con personas provenientes de las cárceles.

Tal como establece la Ley Nacional de Ejecución Penal, toca a las secretarías de salud estatales brindar servicios médicos a las personas recluidas en cada entidad, y garantizarles cuidados especializados en hospitales públicos, en caso de requerirlos.

Por ello, todas las personas presos que demanden atención hospitalaria por Covid-19 serán atendidos por la red hospitalaria pública y “como sabemos, el gran problema en esta pandemia es que no tenemos camas de hospital suficientes”, advierte la representante de Equis Justicia para Mujeres.

Mujeres, la lucha por la salud

Adelaida Hernández Nava es una mujer de 41 años, presa en el penal estatal de Chilpancingo, también por cargos de secuestro y lesiones, imputados por su labor en la Policía Comunitaria de Guerrero.

Debido a su condición de presa política, sobre ella pesan amenazas de agresiones, por lo cual Adelaida ocupaba hasta hace poco una celda individual que, originalmente, era destinada a visitas conyugales. 

Para poder habitar este espacio, las autoridades le exigían un pago de 200 pesos al mes, y un pago diario de 60 pesos, correspondiente a 20 pesos por cada turno de custodios (matutino, vespertino y nocturno).

En esa celda, Adelaida se consideraba un poco más segura, no sólo ante las amenazas de agresiones, sino también del riesgo de contagio de Covid-19.

Sin embargo, a principios de abril, las autoridades ordenaron que todas las personas que rentaban estas habitaciones regresaran al área de dormitorios para población general, en donde no se respeta el límite de dos personas por celda, para el cual fueron diseñadas.

“En la celda somos cinco mujeres –narra Adelaida–. Una de ellas, asmática. Otra tiene arriba de 65 años y es hipertensa, diabética y tiene una enfermedad degenerativa.”

La convivencia, subraya, no puede darse en condiciones higiénicas, porque en el Cereso de Chilpancingo las autoridades “no permiten pasar gel antibacterial; ni tampoco cubrebocas, uno aquí mismo los tiene que elaborar”.

La situación de las mujeres privadas de la libertad es doblemente vulnerable, en comparación con la de los hombres, porque para las mujeres, en la mayoría de los casos no existe infraestructura, equipamiento ni servicios médicos específicos.

Para las 10 mil 589 mujeres presas en México, que representan 5 por ciento de la población penitenciaria, “el derecho a la salud se convierte en una lucha”, explican las representantes de la colectiva Cereza, que durante la contingencia sanitaria ha realizado colectas de artículos sanitarios femeninos, para repartir entre las presas del Cereso 5, de San Cristóbal de las Casas.

Para que las mujeres enfermas sean atendidas, “inclusive, tienes que llegar a las instancias jurisdiccionales, porque la negligencia y la indolencia de las autoridades penitenciarias es tal que, en algunos momentos, han tenido que ponerse en huelga de hambre (…) El tema de la salud de las mujeres en las cárceles de Chiapas ya era crítico antes de la emergencia por el Covid-19, y ahora peor”, explican. Porque, sin visitas, las mujeres no pueden vender sus artesanías, y sin dinero no pueden comprar comida, agua, artículos de higiene, ni llamar a sus familias o defensores legales.

La última opción

Según el artículo 146 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, la autoridad penitenciaria tiene la facultad de “solicitar al poder Judicial de la Federación o ante el Tribunal Superior de Justicia que corresponda, la conmutación de pena, liberación condicionada o liberación anticipada de un grupo determinado de personas sentenciadas”, a quienes tengan una pena máxima de cinco años, hayan cometido delitos contra el patrimonio sin violencia, sean adultos mayores con enfermedades crónicas, degenerativas, terminales o estén a punto de cumplir su condena.

Como lo explica Isabel Erreguerena, de Equis: Justicia para las mujeres, independientemente de la Ley de Amnistía, que sólo beneficiará a un grupo reducido de personas presas, la Ley Nacional de Ejecución Penal permite la preliberación “por motivos humanitarios”.

Por ello, diversas agrupaciones civiles buscan ya la forma de obtener la preliberación de personas privadas de la libertad que no fueron beneficiadas por la Ley de Amnistía, pero saber si las solicitudes promovidas se aceptan o se rechazan es complicado, lamenta María Sirvent, directora de la asociación civil Documenta, dedicada a la investigación jurídica y a la promoción de los derechos humanos, y que en el presente está dando asesoría jurídica a las familias de personas privadas de la libertad en situación de vulnerabilidad.

La razón, detalla, es que la mayor parte del personal de los Tribunales y juzgados penales del país no está laborando, debido la misma contingencia, y en el presente estos organismos trabajan sólo con guardias operativas, lo que vuelve los trámites judiciales todavía más lentos que de costumbre.

A la suspensión de la mayoría de los trámites en los juzgados del país se suma que no hay forma de obtener información sobre las acciones emprendidas por la autoridad pues, como menciona Erreguerena, el “gobierno decidió que la transparencia y la rendición de cuentas no eran un servicio esencial; entonces, ahorita no podemos meter solicitudes de información para saber si eso está pasando”.

Además, al igual que con la Ley de Amnistía recién aprobada, la preliberación humanitaria exige que las candidatas o candidatos estén sentenciados, lo que deja fuera de este beneficio a 37 por ciento de las personas privadas de la libertad que, en la actualidad, aún enfrentan juicio, es decir, que no están sentenciadas, según datos del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social.

Se trata, explica la abogada Paola Zavala, de 75 mil personas cuya culpabilidad no ha sido demostrada. “Ni a ellos los dejan salir, ni hay planes de reinserción; y eso de que no salgan tiene dos problemas fundamentales [en el marco de la contingencia sanitaria]: uno, se puede colapsar el sistema de salud; y dos, que adentro las condiciones pueden generar motines, que pueden ser un problema de seguridad muy grave para el Estado”.

El riesgo al motín

La preocupación de la especialista se materializó el pasado 14 de abril en el penal de Cuautitlán, Estado de México, donde internos se amotinaron para exigir condiciones de seguridad sanitaria, debido a que éste “es un lugar muy insalubre”, tal como denunció H., quien recientemente tuvo a su hijo preso ahí, y que todavía acompaña a madres de presos para visitar a sus familiares. 

“No tienen ni agua. Si tienen agua, pues se las cobran. No les están dando de comer bien, hay plagas. Es un lugar muy imposible de que puedan ellos controlar la pandemia (..) Yo estuve en el penal desde el viernes 10 (de abril). La directora dijo que eran dos casos sospechosos de coronavirus, pero resulta que no, que eran más y que trasladaron a internos al penal de Neza para darles atención. Luego trasladaron a otras creo como 60 personas. Entonces la gente está inconforme porque ocultan que no los atienden, que no les quieren dar la atención y mienten a los familiares.”

El 14 de abril, tras la revuelta, se informó oficialmente que cuatro internos dieron positivo a Covid-19 y una veintena presentaba sintomatología de riesgo. Además un interno fue herido en el motín, y una familiar que perdió el conocimiento cuando se manifestaba fuera del penal.

El temor ante la pandemia, y el fantasma de los motines, de hecho, recorre los pasillos de todas las cárceles del país.

“Pienso que si se llegara a dar algún contagio acá adentro –reflexiona Eliseo, preso en Chilpancingo– es lo más seguro que se dé un amotinamiento. No va a haber de otra. Sería un intento de salvarnos. Porque quedarnos sería la muerte segura…”. 

Población penitenciaria que no recibe insumos de aseo personal por parte de las autoridades carcelarias:

  • Hidalgo 97.2%
  • Campeche 95.8%
  • SLP 93.7%
  • AGS 93.2%
  • Nuevo León 92.1%
  • Yucatán 89.8%
  • Q. Roo 89.4%
  • BCS 86%
  • Tlax 85.8%
  • Tamps 83.2%
  • CDMX 82.8%
  • Edomex 79.1%
  • Zac 77.5%
  • Pue 72.1%
  • BC 69.7%
  • Jalisco 69.2%
  • Michoacán 67.6%
  • Guerrero 66.4%
  • Coahuila 58.7%
  • Querétaro 53.1%
  • Oaxaca 52.2%
  • Sonora 47.2%
  • Guanajuato 47%
  • Chihuahua 46.1%
  • Colima 40.2%
  • Sinaloa 29.7%
  • Veracruz 27.8%
  • Durango 20.2%
  • Chiapas 17.6%
  • Tabasco 12.4%
  • Morelos 8.1%
  • Nayarit 5%

*Fuente: INEGI. Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad 2016